Bolivia

Trámites

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REGISTRO DE MODIFICACIÓN DEL ESTATUTO ORGÁNICO

Inscribir en el Registro Estatal de Cooperativas REC, la modificación del Estatuto Orgánico de la Cooperativa, previa emisión de Resolución Administrativa, conforme lo dispuesto por normativa vigente. Registro ante la AFCOOP Artículo 18 del Decreto Supremo N° 1995.

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REGISTRO DE FUSIÓN DE COOPERATIVAS

Inscribir en el Registro Estatal de Cooperativas – REC, la fusión de dos o más Cooperativas que se disuelven sin liquidarse para constituir una nueva del mismo rubro, previa emisión de Resolución Administrativa, conforme lo dispuesto por normativa vigente. (Artículos 70, 71, 72 y 73 del D. S. N° 1995). Registro ante la AFCOOP Artículo 18 del Decreto Supremo N° 1995.

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REGISTRO DE ESCISIÓN DE COOPERATIVAS

Inscribir en el Registro Estatal de Cooperativas – REC, la escisión de una Cooperativa para la conformación de una nueva Cooperativa perteneciente a otro rubro, destinando una parte del Fondo Social de la Cooperativa que escinda. (Artículo 76 del D. S. N° 1995). Registro ante la AFCOOP Artículo 18 del Decreto Supremo N° 1995.

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REGISTRO DE CAMBIO DE DOMICILIO LEGAL DE COOPERATIVAS

Inscribir en el Registro Estatal de Cooperativas – REC, el cambio de Domicilio Legal de Cooperativas, previa emisión de Resolución Administrativa, conforme lo dispone la normativa vigente. Registro ante la AFCOOP Artículo 18 del Decreto Supremo N° 1995.

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REGISTRO DE AUTORIZACIÓN DE APERTURA DE SUCURSALES

Autorizar e inscribir en el Registro Estatal de Cooperativas – REC, la Apertura de Sucursales de Cooperativas de 1er. grado, cuyas Cooperativas podrán constituir sucursales, previa autorización de la Autoridad competente. La sucursal de una Cooperativa cuenta con administración propia, y representación legal, su establecimiento en el territorio nacional deberá contar necesariamente con la Autorización de la AFCOOP. Registro ante la AFCOOP Artículo 18 del Decreto Supremo N° 1995.

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REGISTRO DE AUTORIZACIÓN DE AMPLIACIÓN DE ACTIVIDADES

Inscribir en el Registro Estatal de Cooperativas – REC, la Autorización de Ampliación de Actividades, previa emisión de Resolución Administrativa, conforme lo dispuesto por normativa vigente. Registro ante la AFCOOP Artículo 18 del Decreto Supremo N° 1995.

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REGISTRO DE ADMISIÓN O INCLUSIÓN DE ASOCIADOS (AS)

Inscribir en el Registro Estatal de Cooperativas – REC, las admisiones de asociadas y/o asociados, previa emisión del certificado, conforme lo dispuesto por normativa vigente.

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REGISTRO DE ABSORCIÓN DE COOPERATIVAS

Inscribir en el Registro Estatal de Cooperativas REC, la absorción de una o varias Cooperativas a otra del mismo rubro, previa emisión de Resolución Administrativa, conforme lo dispuesto por la Ley N° 356 y el Decreto Supremo N° 1995. Registro ante la AFCOOP Artículo 18 del Decreto Supremo N° 1995.

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RECTIFICACIÓN DE DATOS EN EL REGISTRO ESTATAL DE COOPERATIVAS (REC)

Rectificar los errores que obren en registros o documentos públicos emitidos por la AFCOOP integrantes del Registro Estatal de Cooperativas (REC), mediante la aportación de los elementos que correspondan; la rectificación de datos por error del administrado procederá previo pago de arancel.

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OTORGACIÓN DE PERSONALIDAD JURÍDICA PARA COOPERATIVAS DE SEGUNDO A CUARTO GRADO

Reconocer y otorgar Personalidad Jurídica a Cooperativas de segundo a cuarto grado, en el marco del derecho cooperativo, siendo que la integración es la unidad de las Cooperativas para formar parte del sistema cooperativo a ser representada a nivel regional, departamental, nacional e internacional con la finalidad de fortalecerse económica, tecnológica, financiera y administrativa. Además de mejorar las condiciones sociales, deportivas y culturales de las Cooperativas Las Cooperativas podrán integrarse en Centrales, Federaciones sectoriales a nivel nacional, departamentales o regionales.