GUÍA DE TRÁMITES COOPERATIVOS
TIPO DE TRÁMITE | VÍA PLATAFORMA VIRTUAL |
NOMBRE DEL TRÁMITE | VERIFICACIÓN Y RESERVA DE DENOMINACIÓN |
OBJETIVO DEL TRÁMITE | Regular el procedimiento de solicitud, verificación de disponibilidad de la denominación, su aprobación y reserva de la misma para el uso de las cooperativas de primer grado en formación, a fin de lograr la diferenciación entre Cooperativas, siendo atribución de la AFCOOP, verificar dicho extremo antes de la otorgación de la Personalidad Jurídica. |
REQUISITOS | • Contar con correo electrónico • Llenar debidamente el Formulario electrónico en Plataforma Virtual. • Pago de Bs100 (cien 00/100 bolivianos) mediante Pago CPT, Pago QR. o Boleta de depósito. |
PROCEDIMIENTO DEL TRÁMITE | El solicitante: 1. Realiza la selección del trámite requerido, mediante página web, www.afcoop.gob.bo o enlace al sistema SITCOOP. 2. Llena los datos requeridos y la denominación que desea verificar. 3. Acepta la denominación, en caso de tener una denominación corta la agrega y completa los datos de la Ubicación Geográfica (Departamento, Provincia, Municipio y Dirección) de la Cooperativa en formación. 4. Llena el formulario de Orden de Pago con los datos solicitados. 5. Realiza el Pago del Trámite mediante Pago CPT, Pago QR. o Boleta de depósito. 6. Una vez procesado, la AFCOOP envía el Certificado de Verificación y Reserva de Denominación y su nota de entrega al correo electrónico proporcionado por el solicitante, que deberá ser descargado por el solicitante. |
TIEMPO DEL TRÁMITE | 1 Hora como máximo |
COSTO DEL TRÁMITE | Bs100 (Cien 00/100 Bolivianos) |
TIPO DE TRÁMITE | VÍA SEDE ADMINISTRATIVA |
NOMBRE DEL TRÁMITE | OTORGACIÓN DE PERSONALIDAD JURÍDICA PARA COOPERATIVAS DE PRIMER GRADO |
OBJETIVO DEL TRÁMITE | Otorgar Personalidad Jurídica a las Cooperativas para su funcionamiento, misma que tendrá vigencia a partir de la fecha en la que la Autoridad de Fiscalización y Control de Cooperativas – AFCOOP emita la Resolución Administrativa e inscriba en el Registro Estatal de Cooperativas – REC (Artículo 12 de la Ley Nº 356). |
REQUISITOS | 1. Nota de solicitud dirigida al Director General Ejecutivo de la AFCOOP, de otorgamiento de Personalidad Jurídica. (modelo disponible en la página web o plataforma) 2. Certificado de Reserva de Uso de Denominación (presentación opcional ya que estará digitalizado en el sistema) 3. Original o copia legalizada del Acta de Conformación del Comité Organizador. (modelo disponible en la página web o plataforma) 4. Original o copia legalizada de la Convocatoria para la Asamblea General Ordinaria de Constitución de la Cooperativa. (modelo disponible en la página web o plataforma) 5. Original o copia legalizada del Acta de Asamblea General Ordinaria de Constitución de la Cooperativa. (modelo disponible en la página web o plataforma) 6. Estatuto Orgánico de acuerdo al sector, presentado en físico y CD en formato WORD. (modelo disponible en la página web o plataforma) 7. Estudio Socioeconómico, elaborado por un profesional en Administración de Empresas, Economista, Auditor o ramas afines. (modelo disponible en la página web o plataforma) 8. Acta de Elección y nómina de los miembros, del Consejo de Administración, Consejo de Vigilancia, Tribunales, Comités y/o Comisiones. (modelo disponible en la página web o plataforma) 9. Balance Económico de apertura de la Cooperativa, refrendado por un Contador Público, Auditor o Contador General. (modelo disponible en la página web o plataforma) 10. Cuadro de Filiación y Fondo Social de asociadas y asociados de la Cooperativa, presentado en físico y CD en formato EXCEL. (modelo disponible en la página web o plataforma) 11. Solicitud de afiliación a la Cooperativa de grado inmediato superior. (modelo disponible en la página web o plataforma) 12. Certificado Original del curso Básico del Cooperativismo. 13. Fotocopias simples de Cédulas de Identidad de todos los asociados. 14. Comprobante de Bs 800 (ochocientos 00/100 bolivianos). mediante, Pago CPT, Pago QR. o Boleta de depósito. 15. Formulario de Declaración Jurada de presentación de documentos y registro del beneficiario final. 16. Formulario de aceptación o rechazo de la notificación electrónica. |
PROCEDIMIENTO DEL TRÁMITE | 1. El usuario ingresa la nómina de consejeros y nómina de asociados de la cooperativa vía sistema SITCOOP mediante página web, www.afcoop.gob.bo o de forma presencial en oficinas de la AFCOOP. 2. Llena la información requerida en el Formulario de Orden de Pago con datos del usuario. 3. Realiza el Pago del Trámite mediante Pago CPT, Pago QR. o Boleta de depósito. 4. Personal de Plataforma revisa que la documentación presentada por el usuario cumpla todos los requisitos solicitados. 5. Se realiza la digitalización de la documentación presentada. 6. La Dirección de Control y Fiscalización en el plazo establecido realiza la revisión de la documentación presentada y emite la Resolución Administrativa o la Nota de Observación cuando corresponda. 7. Se notifica la Resolución Administrativa y Personería Jurídica o Nota de Observación conforme a lo establecido en el Reglamento de Notificaciones. |
TIEMPO DEL TRÁMITE | 20 Días hábiles |
COSTO DEL TRÁMITE | Bs800 (ochocientos 00/100 Bolivianos) |
TIPO DE TRÁMITE | VÍA SEDE ADMINISTRATIVA |
NOMBRE DEL TRÁMITE | OTORGACIÓN DE PERSONALIDAD JURÍDICA PARA COOPERATIVAS DE SEGUNDO A CUARTO GRADO |
OBJETIVO DEL TRÁMITE | Reconocer y otorgar Personalidad Jurídica a Cooperativas de segundo a cuarto grado, en el marco del derecho cooperativo, siendo que la integración es la unidad de las Cooperativas para formar parte del sistema cooperativo a ser representada a nivel regional, departamental, nacional e internacional con la finalidad de fortalecerse económica, tecnológica, financiera y administrativa. Además de mejorar las condiciones sociales, deportivas y culturales de las Cooperativas (Artículo 81 de la Ley N° 356). Las Cooperativas podrán integrarse en Centrales, Federaciones sectoriales a nivel nacional, departamentales o regionales. |
REQUISITOS | 1. Solicitud de otorgamiento del Personalidad Jurídica, mediante nota dirigida al Director General Ejecutivo de la Autoridad de Fiscalización y Control de Cooperativas – AFCOOP, misma que debe ser suscrita y firmada necesariamente por el Consejo de Administración electo, y presentada dentro de los (90) días calendario de constituida la Cooperativa. (Artículo 12 Parágrafo I del Decreto Supremo N° 1995). 2. Formulario de Verificación y Reserva, para el uso de denominación emitida por la AFCOOP. (Con vigencia de 120 días calendario, a partir de la notificación de entrega). 3. Acta de Conformación del Comité Organizador, en presencia de un Notario de Fe Pública, o cualquier autoridad del lugar, debiendo estar conformado este Comité Organizador por un Presidente, un Secretario General y un Tesorero, mínimo. (Artículo 6 D. S. N° 1995). 4. Convocatoria para la Asamblea General Ordinaria de Constitución de la Cooperativa, firmada por los miembros del Comité Organizador, con un mínimo de siete (7) días calendario de anticipación a la realización de la misma. (Artículo 6, D. S. N° 1995). 5. Acta de Asamblea General Ordinaria de Constitución de la Cooperativa, firmada por todos los miembros del Consejo de Administración y Vigilancia, en presencia de un representante de la Federación de Cooperativas del sector correspondiente, o por el representante oficial del Ministerio del área, y si no hubiere, podrán firmar en presencia de un Notario de Fe Pública, o en su caso, de cualquier autoridad del lugar (Artículo 26 de la Ley N° 356). 6. Estatuto Orgánico, firmada por todos los miembros del Consejo de Administración y Consejo de Vigilancia. 7. (El Estatuto Orgánico debe ser presentado en fisico y CD en formato WORD). 8. Acta de Elección y nómina de los miembros, del Consejo de Administración, Consejo de Vigilancia, Tribunales, Comités y/o Comisiones, si están establecidos en su Estatuto Orgánico. 9. Balance económico de apertura de Cooperativas, refrendado por un Contador Público, Auditor o Contador General debidamente registrado. 10. Fotocopias simples de la Resolución de Reconocimiento de Personalidad Jurídica y Ficha de Registro, de las Cooperativas del mismo sector a integrarse, con un número mínimo de (3) Cooperativas de base. 11. Actas de Asamblea General Extraordinaria de cada una de las Cooperativas de base, en la que aprueban la conformación de una Cooperativa de grado inmediato superior, aprobada por dos tercios de votos de los asistentes. 12. Cuadro del Filiación y Fondo Social, de las Cooperativas Afiliadas, conforme al formato propuesto por la AFCOOP, firmado por el Presidente y Tesorero del Consejo de Administración y el Presidente del Consejo de Vigilancia. (Debe ser presentado en físico y CD en formato EXCEL). 13. Solicitud de Afiliación a la Cooperativa de grado inmediato superior, firmado por el Presidente del Consejo de Administración, debe llevar necesariamente sello, firma y fecha de recepción. 14. Fotocopias simples de Cédulas de Identidad, vigentes y legibles, en original, de todos los miembros que conformarán los Consejos de Administración y Vigilancia y/o comités. 15. Formulario de Declaración Jurada, debe llevar el sello y firma del Presidente del Consejo de Administración. |
PROCEDIMIENTO DEL TRÁMITE | 1. El Presidente del Consejo de Administración electo de la Cooperativa superior en grado, presentará el trámite adjuntando todos los requisitos, por Plataforma de atención de trámites de la AFCOOP. 2. Una vez ingresado el trámite, es derivado a la Dirección de Control y Fiscalización, para la emisión de un informe técnico y un Informe legal, debiendo este último establecer la procedencia o improcedencia del trámite. 3. De no existir observaciones técnicas y/o legales, la AFCOOP otorgará la Personalidad Jurídica mediante una Resolución Administrativa y Registro en el REC. 4. De existir observaciones, se notificará a la Cooperativa para que presente su aclaración o complementación en el plazo máximo de (30) días hábiles administrativos. 5. De no presentarse las aclaraciones o complementaciones en el plazo establecido, la AFCOOP tendrá por no presentada la solicitud de Personalidad Jurídica, ordenando su archivo, hasta la devolución de la documentación. 6. El trámite finaliza con la emisión de la Resolución Administrativa, emitida por la Dirección General Ejecutiva de la AFCOOP y/o la Dirección Control y Fiscalización, o la notificación con la desestimación y archivo del trámite. |
TIEMPO DEL TRÁMITE | 20 Días hábiles |
COSTO DEL TRÁMITE | Bs1.000 (mil 00/100 Bolivianos) |
TIPO DE TRÁMITE | VÍA SEDE ADMINISTRATIVA |
NOMBRE DEL TRÁMITE | INSCRIPCIÓN DE LOS CONSEJOS DE ADMINISTRACIÓN, VIGILANCIA, TRIBUNALES, COMITÉS Y COMISIONES DE LAS COOPERATIVAS |
OBJETIVO DEL TRÁMITE | Registrar e inscribir en el Registro Estatal de Cooperativa – REC, a los miembros de los Consejos de Administración, Vigilancia, Tribunales, Comités y/o Comisiones previa emisión de Resolución Administrativa, a fin de acreditar la representación legal de la cooperativa en cumplimiento del Artículo 60 de la Ley Nº 356 y Artículo 41 del Decreto Supremo Nº 1995. |
REQUISITOS | 1. Nota de solicitud dirigida al Director General Ejecutivo de la AFCOOP de Inscripción en el Registro Estatal de Cooperativas – REC. de los Consejos de Administración, Vigilancia, Tribunales, Comités y/o Comisiones según corresponda. (modelo disponible en la página web o plataforma). 2. Copia Legalizada de Acta de Asamblea General Ordinaria de Elección de los Consejos de Administración y Vigilancia, Tribunales, Comités y/o Comisiones según corresponda. (modelo disponible en la página web o plataforma). • En caso de existir apellidos coincidentes entre los consejeros deberán adjuntar Declaración Voluntaria de no parentesco • En caso de que los consejos de administración y vigilancia anteriores a los que se pretende inscribir no cuenten con registro ante la AFCOOP ó no cuenten con mandato vigente, la cooperativa deberá adjuntar el Acta de Asamblea General Ordinaria de elección de dichos consejos, ó adjuntar la Convocatoria a Asamblea General Ordinaria realizada conforme establecen el Artículo 55 de la Ley N° 356 y el Artículo 36 del D. S. 1995. 3. Informe en copia legalizada según corresponda: – Las Cooperativas de Producción y Servicios. presentarán el informe del Comité Electoral o presídium de la cooperativa, cumpliendo con el estatuto orgánico y conforme el contenido mínimo establecido por la AFCOOP. (modelo disponible en la página web o plataforma) – Las Cooperativas de Servicios Públicos de Primer Grado. deberán presentar: a) Informe y Resolución en caso de Supervisión de las elecciones; o b) Resolución de aprobación en caso administración adjuntar el informe de Administración del Proceso eleccionario. Todos estos documentos deberán ser emitidos por el Tribunal Electoral Departamental TED respectivo. En caso de ser una Cooperativa, cuyas elecciones sean parciales, deberá adjuntar la lista de los consejeros de Administración y Vigilancia detallando sus cargos, fecha de elección en orden cronológico, posesión y el tiempo de mandato. 4. Acta de posesión emitida por la cooperativa de grado inmediato superior a la cual se encuentra afiliada la cooperativa, comité electoral o presídium conforme estatuto orgánico, excepto para Cooperativas de Servicios Públicos de Primer Grado. 5. Fotocopias de Cédulas de Identidad de los consejeros electos. 6. Comprobante de Pago de Bs 300 (trecientos 00/100 bolivianos). mediante, Pago CPT, Pago QR. o Boleta de depósito. 7. Formulario de Declaración Jurada de presentación de documentos y registro del beneficiario final. 8. Formulario de aceptación o rechazo de la notificación electrónica. |
PROCEDIMIENTO DEL TRÁMITE | 1. El usuario ingresa la nómina de consejeros vía sistema SITCOOP mediante página web, www.afcoop.gob.bo o de forma presencial en oficinas de la AFCOOP. 2. Llena la información requerida en el Formulario de Orden de Pago con datos del solicitante. 3. Realiza el Pago del Trámite mediante Pago CPT, Pago QR. o Boleta de depósito. 4. Personal de Plataforma revisa que la documentación presentada por el usuario y verifica que cumpla todos los requisitos solicitados. 5. Se realiza la digitalización de la documentación presentada. 6. La Dirección de Control y Fiscalización en el plazo establecido realiza la revisión de la documentación presentada y emite la Resolución Administrativa o la Nota de Observación cuando corresponda. 7. Se notifica la Resolución Administrativa o Nota de Observación conforme a lo establecido en el Reglamento de Notificaciones. |
TIEMPO DEL TRÁMITE | 12 Días hábiles |
COSTO DEL TRÁMITE | Bs300 (trecientos 00/100 Bolivianos). |
TIPO DE TRÁMITE | VÍA PLATAFORMA EN SEDE ADMINISTRATIVA |
NOMBRE DEL TRÁMITE | REGISTRO DE ADMISIÓN O INCLUSIÓN DE ASOCIADOS (AS) |
OBJETIVO DEL TRÁMITE | Inscribir en el Registro Estatal de Cooperativas – REC, las admisiones de asociadas y/o asociados, previa emisión del certificado, conforme lo dispuesto por normativa vigente. |
REQUISITOS | 1. Fotocopia Legalizada del Acta de Asamblea General que aprueba la inclusión de asociados. 2. Fotocopias de Cédulas de Identidad vigentes de todos los asociados a ser incluidos. 3. Copia Legalizada del Certificado de Aportación de cada asociado a ser incluido (debe guardar relación respecto a los datos consignados en el acta de asamblea presentada y los requisitos mínimos conforme el Art. 25 del D.S. 1995). 4. Pago Bs10 (diez 00/100 bolivianos) por asociado CPT, Pago QR. o Boleta de depósito 5. Nómina de asociados en formato digital conforme modelo establecido por la AFCOOP. (modelo disponible en la página web o plataforma de la AFCOOP) 6. Fotocopia del Pago de Tasa de Regulación al día. 7. Formulario de Declaración Jurada de presentación de documentos y registro del beneficiario final. 8. Formulario de aceptación o rechazo de la notificación electrónica. |
PROCEDIMIENTO DEL TRÁMITE | 1. El usuario ingresa la nómina de asociados a incluir vía sistema SITCOOP mediante página web, www.afcoop.gob.bo en formato Excel o de forma manual en la página web. 2. El usuario previamente verificará el pago de la tasa de regulación, en caso de verificar la existencia de una deuda procederá al pago adjuntando comprobante de pago. 3. Llena la información requerida en el Formulario de Orden de Pago con datos del usuario. 4. Pago de Bs10 (diez 00/100 bolivianos). por asociado mediante Pago CPT, Pago QR. o Boleta de depósito. 5. Personal de Plataforma revisa que la documentación presentada por el usuario y cumpla todos los requisitos solicitados. 6. Se realiza la digitalización de la documentación, para su posterior validación. 7. Se emite el Certificado de Inclusión de Asociados para ser notificado en el acto. |
TIEMPO DEL TRÁMITE | 2 horas. |
COSTO DEL TRÁMITE | Bs10 (diez 00/100 Bolivianos) POR ASOCIADO A INCLUIR. |
TIPO DE TRÁMITE | VÍA SEDE ADMINISTRATIVA |
NOMBRE DEL TRÁMITE | REGISTRO DE PERDIDA DE CALIDAD DE ASOCIADOS (AS) |
OBJETIVO DEL TRÁMITE | Inscripción en el Registro Estatal de Cooperativas – REC, la pérdida de calidad asociadas y/o asociados, previa emisión de Resolución Administrativa, conforme lo dispuesto por normativa vigente. La calidad de asociada y/o asociado se pierde por: 1) Renuncia Voluntaria 2) Exclusión 3) Expulsión 4) Abandono 5) Extinción de la Personalidad Jurídica 6) Muerte. (Artículo 34 de la Ley Nº 356). Registro |
REQUISITOS | 1. Solicitud de inscripción de Pérdida de calidad de asociadas y/o asociados, dirigida al Director(a) General Ejecutivo de la Autoridad de Fiscalización y Control de Cooperativas-AFCOOP, firmada por el Presidente del Consejo de Administración de la Cooperativa. 2. Fotocopia simple de la Resolución Administrativa de Registro de Consejeros de Administración y Vigilancia, con mandato vigente. 3. Acta de Asamblea General Extraordinaria de pérdida de asociadas y asociados (original o fotocopia legalizada) que determine la aprobación de la Pérdida de calidad de asociada o asociado sea por: 1) Renuncia Voluntaria, 2) Exclusión, 3) Expulsión, 4) Abandono, 5) Extinción de la Personalidad Jurídica o 6) Muerte. Asimismo, deberá adjuntar el siguiente documento: 4. En caso de abandono, adjuntarán, informe del Consejo de Administración, detallando el periodo de abandono de cada asociada o asociado. 5. En caso de Renuncia Voluntaria, adjuntarán, en original o fotocopia legalizada la nota de renuncia de la asociada y/o asociado, dirigido a Consejo de Administración. 6. En caso de muerte, adjuntarán en original o fotocopia legalizada la Declaratoria de Herederos, y carta de designación cuando corresponda. 7. En caso de transferencia, adjuntarán en original o fotocopia legalizada el documento de transferencia del Certificado de Aportación. 8. Cuadro de la Nómina de asociadas y asociados a perder la calidad de asociados (estableciendo la causal de pérdida). |
PROCEDIMIENTO DEL TRÁMITE | 1. Una vez ingresado el trámite, es derivado a la Dirección de Control y Fiscalización, para la emisión de un informe técnico y un Informe legal, debiendo este último establecer la procedencia o improcedencia del trámite. 2. En caso de no existir observaciones, se procederá a la emisión de la Resolución Administrativa de Inscripción de Pérdida de calidad de asociadas y/o asociados. 3. En caso de existir observaciones, se procederá a emitir la nota de observación(es), la misma que será notificada a la Cooperativa, para que proceda a subsanar, presentando su aclaración o complementación en el plazo máximo de (30) días hábiles administrativos. 4. De no presentarse las aclaraciones o complementaciones en el plazo establecido, la AFCOOP tendrá por no presentada la solicitud, ordenando su archivo, hasta la devolución de la documentación. |
TIEMPO DEL TRÁMITE | 13 Días hábiles |
COSTO DEL TRÁMITE | Bs10 (Diez 00/100 Bolivianos) POR CADA ASOCIADA (O) A PERDER SU CALIDAD DE ASOCIADA (O) |
TIPO DE TRÁMITE | VÍA PLATAFORMA EN SEDE ADMINISTRATIVA |
NOMBRE DEL TRÁMITE | INSCRIPCIÓN DE RENUNCIA VOLUNTARIA |
OBJETIVO DEL TRÁMITE | Inscribir la Renuncia Voluntaria como una causal de Pérdida de Calidad de Asociado conforme al Art. 34 de la Ley N° 356 y Art. 21 del D.S. N° 1995, consecuentemente realizar la inscripción en el Registro Estatal de Cooperativas. |
REQUISITOS | 1. Fotocopia de Cédula de Identidad de la persona que renuncia debidamente firmada. 2. Nota Original de Renuncia voluntaria presentada a su Cooperativa con sello de recepción. (R.L.). Excepto en el caso de cooperativas no homologadas (LTDA.), en cuyo caso deberá realizar la publicación en un medio de prensa de circulación nacional, donde se evidencie la fecha de la publicación con 10 días calendario antes de la presentación de la solicitud ante la AFCOOP. 3. Fotocopia legalizada del Acta de Asamblea General de aprobación de la Renuncia Voluntaria por parte de la cooperativa ó en su defecto acreditar documentalmente la desvinculación del asociado/a, mediante nota o certificación emitida por la cooperativa, debidamente firmada por el Presidente, Secretario y Tesorero del Consejo de Administración. 4. Pago de Bs90 (Noventa 00/100 bolivianos) mediante pago CPT, pago QR. o Boleta de depósito. 5. Formulario de Declaración Jurada de presentación de documentos y registro del beneficiario final. * En caso de cooperativas (R.L), que no tengan funcionamiento, se deberá presentar un certificado de la cooperativa de inmediato superior en la que esté afiliada, acreditando que la cooperativa no tiene actividad ni consejos vigentes actualmente. |
PROCEDIMIENTO DEL TRÁMITE | 1. Personal de Plataforma llena la información requerida en el Formulario de Orden de Pago con datos del usuario. 2. Realizar el Pago del Trámite mediante Pago CPT, Pago QR. o Boleta de depósito. 3. El personal de Plataforma revisa que la documentación presentada por el usuario cumpla con todos los requisitos solicitados, en cuyo caso se genera la hoja de ruta y se digitaliza la documentación. 4. El personal de Plataforma valida la información en el sistema SITCOOP y emite el Certificado de Renuncia Voluntaria para ser notificado en el acto. 5. En caso de observación en el proceso de revisión o validación se entrega al usuario el Formulario de Suficiencia de Documentos, con la observación respectiva. |
TIEMPO DEL TRÁMITE | 1 Hora. |
COSTO DEL TRÁMITE | Bs90 (Noventa 00/100 Bolivianos) |
TIPO DE TRÁMITE | VÍA SEDE ADMINISTRATIVA |
NOMBRE DEL TRÁMITE | REGISTRO DE ABSORCIÓN DE COOPERATIVAS |
OBJETIVO DEL TRÁMITE | Inscribir en el Registro Estatal de Cooperativas REC, la absorción de una o varias Cooperativas a otra del mismo rubro, previa emisión de Resolución Administrativa, conforme lo dispuesto por la Ley N° 356 y el Decreto Supremo N° 1995. Registro ante la AFCOOP Artículo 18 del Decreto Supremo N° 1995. |
REQUISITOS | 1. Nota de solicitud de absorción de una Cooperativa a otra del mismo rubro, dirigida al Director(a) General Ejecutivo de la AFCOOP, debe llevar las firmas de ambos Presidentes de los Consejos de Administración de las Cooperativas. 2. Resoluciones Administrativas de Inscripción de los Consejos de Administración y Vigilancia de ambas Cooperativas, emitidas por la Autoridad de Fiscalización y Control de Cooperativas – AFCOOP, con mandato vigente. 3. Resoluciones Administrativas de otorgación de Personalidad Jurídica y Fichas de Registro de ambas Cooperativas. 4. Formularios de Declaración Jurada de pago de la Tasa de Regulación de ambas Cooperativas. 5. Certificaciones de nóminas de asociadas y asociados emitidas por la AFCOOP, de ambas Cooperativas. 6. Estados Financieros de la o las Cooperativas, previo a la absorción. 7. Informes emitidos por los Consejos de Administración, sobre la absorción de cada una de las Cooperativas. 8. Convocatorias a Asamblea General Extraordinaria, para la aprobación de los informes de absorción emitidos por cada Consejo de Administración de cada Cooperativa. 9. Actas de Asamblea General Extraordinaria de aprobación a la absorción, por cada una de las Cooperativas. 10. Convocatoria para Asamblea General Extraordinaria, conjunta de la o las Cooperativas, para la aprobación del Convenio de Absorción. 11. Acta de Asamblea General Extraordinaria, (conjunta de la o las Cooperativas) que apruebe el Convenio Preliminar de Absorción de Cooperativas. 12. Acuerdo definitivo de Absorción, firmado por los representantes de cada Cooperativa. 13. Proyecto del Nuevo Estatuto Orgánico y/o sus modificaciones. 14. Proyecto del Estudio Socioeconómico y Financiero resultante de la Absorción. 15. Cuadro de Afiliación y Fondo Social. 16. Balance General de Absorción. 17. Publicación en prensa escrita de circulación nacional del Convenio prensa Preliminar de Absorción. 18. Otros documentos, en el caso de Cooperativas mineras deberán adjuntar fotocopias de otorgación de concesiones mineras. |
PROCEDIMIENTO DEL TRÁMITE | 1. La solicitud será presentada en oficina de Plataforma de atención de la AFCOOP, adjuntando todos los requisitos, la solicitud deberá estar dirigida al Director(a) General Ejecutivo de la Autoridad de Fiscalización y Control de Cooperativas – AFCOOP, deberá Ilevar la firma del Presidente del Consejo de Administración. 2. Una vez ingresado el trámite, es derivado a la Dirección de Control y Fiscalización, para la emisión de un informe técnico y un Informe legal, debiendo este último establecer la procedencia o improcedencia del trámite. 3. En caso de no existir observaciones técnicas y/o legales, se procederá a la emisión de la Resolución Administrativa de Inscripción de absorción de una Cooperativa a otra del mismo rubro. 4. En caso de existir observaciones técnicas y/o legales, se procederá a emitir la nota de observación(es), para que la Cooperativa proceda a subsanar, presentando su aclaración o complementación en el plazo máximo de (30) días hábiles administrativos. |
TIEMPO DEL TRÁMITE | 20 Días hábiles |
COSTO DEL TRÁMITE | Bs1000 (mil 00/100 Bolivianos) |
TIPO DE TRÁMITE | VÍA SEDE ADMINISTRATIVA |
NOMBRE DEL TRÁMITE | REGISTRO DE FUSIÓN DE COOPERATIVAS |
OBJETIVO DEL TRÁMITE | Inscribir en el Registro Estatal de Cooperativas – REC, la fusión de dos o más Cooperativas que se disuelven sin liquidarse para constituir una nueva del mismo rubro, previa emisión de Resolución Administrativa, conforme lo dispuesto por normativa vigente. (Artículos 70, 71, 72 y 73 del D. S. N° 1995). Registro ante la AFCOOP Artículo 18 del Decreto Supremo N° 1995. |
REQUISITOS | 1. Nota de solicitud de Fusión de dos o más Cooperativas, para constituir una nueva del mismo rubro, dirigida al Director(a) General Ejecutivo de la AFCOOP. La nota de solicitud debe llevar las firmas de los Presidentes de ambos Consejos de Administración de las Cooperativas a fusionarse. 2. Resoluciones Administrativas de Inscripción de los Consejos de Administración y Vigilancia, de las Cooperativas a fusionarse, emitidas por la Autoridad de Fiscalización y Control de Cooperativas – AFCOOP. 3. Resoluciones Administrativas de otorgación de Personalidad Jurídica y Fichas de Registro, de las Cooperativas a fusionarse. 4. Formularios de Declaración Jurada de pago de la Tasa de Regulación, de las Cooperativas a fusionarse. 5. Certificaciones de nóminas de asociadas y asociados emitidas por la AFCOOP, de las Cooperativas a fusionarse. 6. Estados financieros de las Cooperativas, previo a la fusión. 7. Informes emitidos por los Consejos de Administración, sobre la conveniencia y efectos de la fusión propuesta. 8. Balance de cierre de las Cooperativas a fusionarse. 9. Proyecto de Estatuto Orgánico de la nueva Cooperativa. 10. Estatutos Orgánicos vigentes de las Cooperativas que participen en la Fusión. 11. Balances especiales y actualizados a la fecha del Convenio. 12. Convenio Preliminar de Fusión. 13. Convocatorias a Asamblea General Extraordinaria, para la aprobación de los informes de fusión, emitidos por cada Consejo de Administración de las Cooperativa a fusionarse. 14. Actas de Asamblea General Extraordinaria de aprobación a la Fusión, aprobada por 2/3 partes de votos de los participantes de cada una de las Cooperativas a fusionar. 15. Convocatoria para Asamblea General Extraordinaria conjunta de las Cooperativas, para la aprobación del Convenio Preliminar de Fusión. 16. Acta de Asamblea General Extraordinaria, (conjunta de las Cooperativas a fusionarse) que apruebe el Convenio Preliminar de Fusión de Cooperativas. 17. Convenio definitivo de Fusión, firmado por los representantes de cada una de las Cooperativas a fusionarse. 18. Publicación en prensa escrita de circulación nacional del Convenio Preliminar de Fusión. 19. Otros documentos, en el caso de Cooperativas mineras deberán adjuntar fotocopias de otorgación de concesiones mineras. |
PROCEDIMIENTO DEL TRÁMITE | 1. La solicitud será presentada en oficina de Plataforma de atención de la AFCOOP, adjuntando todos los requisitos, la solicitud deberá estar dirigida al Director(a) General Ejecutivo de la Autoridad de Fiscalización y Control de Cooperativas – AFCOOP. 2. Una vez ingresado el trámite, es derivado a la Dirección de Control y Fiscalización, para la emisión de un informe técnico y un Informe legal, debiendo este último establecer la procedencia o improcedencia del trámite. 3. En caso de no existir observaciones técnicas y/o legales, se procederá a la emisión de la Resolución Administrativa de fusión de dos Cooperativas, y el Registro en el REC. 4. En caso de existir observaciones técnicas y/o legales, se procederá a emitir la nota de observación(es), la misma que será notificada a la Cooperativa en el plazo de (2) días hábiles administrativos de emitido el informe y la nota de observación(es), para que la Cooperativa, subsane presentando su aclaración o complementación en el plazo máximo de (30) días hábiles administrativos. 5. El trámite finaliza con la emisión de la Resolución Administrativa, emitida por la Dirección General Ejecutiva de la AFCOOP y/o la Dirección de Control y Fiscalización, o la notificación con las observaciones. |
TIEMPO DEL TRÁMITE | 20 Días hábiles |
COSTO DEL TRÁMITE | Bs800 (ochocientos 00/100 Bolivianos) |
TIPO DE TRÁMITE | VÍA SEDE ADMINISTRATIVA |
NOMBRE DEL TRÁMITE | REGISTRO DE ESCISIÓN DE COOPERATIVAS |
OBJETIVO DEL TRÁMITE | Inscribir en el Registro Estatal de Cooperativas – REC, la escisión de una Cooperativa para la conformación de una nueva Cooperativa perteneciente a otro rubro, destinando una parte del Fondo Social de la Cooperativa que escinda. (Artículo 76 del D. S. N° 1995). Registro ante la AFCOOP Artículo 18 del Decreto Supremo N° 1995. |
REQUISITOS | 1. Nota de solicitud de escisión, de la Cooperativa para la conformación de una nueva Cooperativa en otro rubro, dirigida al Director(a) General Ejecutivo de la AFCOOP, firmada por Presidente del Consejo de Administración de la Cooperativa. 2. Resolución Administrativa de Inscripción de los Consejos de Administración y Vigilancia de la Cooperativa, emitida por la Autoridad de Fiscalización y Control de Cooperativas – AFCOOP, con mandato vigente. 3. Plan de Escisión, para la conformación de una nueva Cooperativa siempre que ésta pertenezca a otro sector, y no ponga en riesgo el objeto social de la que escinda. 4. Acta de Asamblea General Extraordinaria, en la que se apruebe la Creación de la nueva Cooperativa y el destino de una parte del Fondo Social de la Cooperativa que escinde, aprobado por la 2/3 partes de las asociadas y asociados asistentes. 5. Para efectos de la tramitación de la nueva Personalidad Jurídica de la nueva Cooperativa, se deberá cumplir con los requisitos exigidos en la normativa aplicable para el efecto. |
PROCEDIMIENTO DEL TRÁMITE | 1. La solicitud será presentada en oficina de Plataforma de atención de la AFCOOP, adjuntando todos los requisitos, la solicitud deberá estar dirigida al Director(a) General Ejecutivo de la Autoridad de Fiscalización y Control de Cooperativas – AFCOOP, deberá estar firmada por el Presidente del Consejo de Administración. 2. Una vez ingresado el trámite, es derivado a la Dirección de Control y Fiscalización, para la emisión de un informe técnico y un Informe legal, debiendo este último establecer la procedencia o improcedencia del trámite. 3. En caso de no existir observaciones técnicas y/o legales, se procederá a la emisión de la Resolución Administrativa, otorgando la escisión para la conformación de una nueva Cooperativa con el Fondo Social de la Cooperativa que escinde. 4. En caso de existir observaciones técnicas y/o legales, se procederá a emitir la nota de observación(es), para que la Cooperativa, proceda a subsanar presentando su aclaración o complementación en el plazo máximo de (30) días hábiles administrativos. 5. El trámite finaliza con la emisión de la Resolución Administrativa, emitida por la Dirección General Ejecutiva de la AFCOOP y/o la Dirección de Control y Fiscalización, o la notificación con las observaciones. |
TIEMPO DEL TRÁMITE | 20 Días hábiles |
COSTO DEL TRÁMITE | Bs800 (ochocientos 00/100 Bolivianos) |
TIPO DE TRÁMITE | VÍA SEDE ADMINISTRATIVA |
NOMBRE DEL TRÁMITE | REGISTRO DE AUTORIZACIÓN DE AMPLIACIÓN DE ACTIVIDADES |
OBJETIVO DEL TRÁMITE | Inscribir en el Registro Estatal de Cooperativas – REC, la Autorización de Ampliación de Actividades, previa emisión de Resolución Administrativa, conforme lo dispuesto por normativa vigente. Registro ante la AFCOOP Artículo 18 del Decreto Supremo N° 1995. |
REQUISITOS | 1. Nota de solicitud, dirigida al Director(a) General Ejecutivo de la Autoridad de Fiscalización y Control de Cooperativas AFCOOP, firmada por el Presidente del Consejo de Administración de la Cooperativa. 2. Fotocopia simple de Resolución Administrativa de Registro de Consejeros de Administración y Vigilancia, con mandato vigente. 3. Acta de Asamblea General Extraordinaria, (original o fotocopia legalizada) que apruebe la ampliación de actividades y la modificación del Estatuto Orgánico en la parte pertinente. 4. Estudio socioeconómico, elaborado por un profesional en Administración de Empresas, Economista, Auditor y/o Contador Público Autorizado y con el visto bueno de los miembros del Consejo de Administración y Vigilancia. 5. Estatuto Orgánico modificado con la parte pertinente, llevando las firmas del Presidente del Consejo de Administración y Vigilancia. |
PROCEDIMIENTO DEL TRÁMITE | 1. La solicitud será presentada en Plataforma de Atención de la AFCOOP, adjuntando todos los requisitos, dirigida al Director(a) General Ejecutivo de la Autoridad de Fiscalización y Control de Cooperativas – AFCOOP. 2. Una vez ingresado el trámite, es derivado a la Dirección de Control y Fiscalización, para la emisión de un informe técnico y un Informe legal, debiendo este último establecer la procedencia o improcedencia del trámite. 3. En caso de no existir observaciones técnicas y/o legales, se procederá a la emisión de la Resolución Administrativa de Inscripción de autorización de ampliación de actividades. 4. En caso de existir observaciones técnicas observación (es), la s y/o legales, se procederá a emitir misma que será notificada a la nota de Cooperativa, para que la Cooperativa, subsane presentando su aclaración o complementación en el plazo máximo de (30) días hábiles administrativos. 5. El trámite finaliza con la emisión de la Resolución Administrativa por el Director(a) General Ejecutivo y/o la Dirección de Control y Fiscalización, o la notificación con las observaciones. |
TIEMPO DEL TRÁMITE | 20 Días hábiles |
COSTO DEL TRÁMITE | Bs500 (quinientos 00/100 Bolivianos) |
TIPO DE TRÁMITE | VÍA SEDE ADMINISTRATIVA |
NOMBRE DEL TRÁMITE | REGISTRO DE AUTORIZACIÓN DE APERTURA DE SUCURSALES |
OBJETIVO DEL TRÁMITE | Autorizar e inscribir en el Registro Estatal de Cooperativas – REC, la Apertura de Sucursales de Cooperativas de 1er. grado, cuyas Cooperativas podrán constituir sucursales, previa autorización de la Autoridad competente. La sucursal de una Cooperativa cuenta con administración propia, y representación legal, su establecimiento en el territorio nacional deberá contar necesariamente con la Autorización de la AFCOOP. Registro ante la AFCOOP Artículo 18 del Decreto Supremo N° 1995. |
REQUISITOS | 1. Solicitud de autorización y registro de Apertura de Sucursal, mediante nota, dirigida al Director(a) General Ejecutivo de la Autoridad de Fiscalización y Control de Cooperativas AFCOOP, deberá estar firmada por el Presidente del Consejo de Administración de la Cooperativa. 2. Fotocopia simple de la Resolución Administrativa de Registro de Consejeros de Administración y Vigilancia, con mandato vigente. 3. Resolución Administrativa de Homologación del Estatuto Orgánico, y/o Resolución Administrativa de Otorgación de Personalidad Jurídica, emitida por la Autoridad de Fiscalización y Control de Cooperativas – AFCOOP. 4. Convocatoria a la Asamblea General Extraordinaria, donde expresamente se señale el tratamiento de la Apertura de Sucursal, en el plazo establecido por el Estatuto Orgánico. 5. Acta de Asamblea General Extraordinaria, que apruebe la Apertura de Sucursal con la aprobación de 2/3 partes o más, de los asistentes. 6. Reglamento Interno de funcionamiento de la Sucursal, debidamente firmado por los Consejos de Administración y Vigilancia. 7. Declaración Jurada del pago de la Tasa de Regulación, correspondiente al último mes vencido. 8. Otros documentos, para el caso de las Cooperativas mineras, Certificación de Área minera libre emitida por la AJAM. 9. Para las Cooperativas sujetas a regulación sectorial, deben presentar documento emitido por la Autoridad Regulatoria correspondiente de haber cumplido los requisitos establecidos en la norma sectorial. 10. Para las Cooperativas que no estén sujetas a regulación sectorial, presentar el estudio socioeconómico. 11. Croquis, del lugar donde funcionará la Sucursal. |
PROCEDIMIENTO DEL TRÁMITE | 1. La solicitud será presentada en Plataforma de Atención de la AFCOOP, adjuntando todos los requisitos, dirigida al Director(a) General Ejecutivo de la Autoridad de Fiscalización y Control de Cooperativas AFCOOP, y firmada por el Presidente del Consejo de Administración de la Cooperativa. 2. Una vez ingresado el trámite, es derivado a la Dirección de Control y Fiscalización, para la emisión de un informe técnico y un Informe legal, debiendo este último establecer la procedencia o improcedencia del trámite. 3. En caso de no existir observaciones técnicas y/o legales, se procederá a la emisión de la Resolución Administrativa. 4. En caso de existir observaciones técnicas y/o legales, se procederá a emitir la nota de observaciones, la misma que será notificada a la Cooperativa, y en un plazo de (15) días hábiles la Cooperativa deberá proceder a la subsanación correspondiente, en caso de no ser subsanadas se desestimará la solicitud, ordenándose el archivo del mismo. |
TIEMPO DEL TRÁMITE | 20 Días hábiles |
COSTO DEL TRÁMITE | Bs500 (quinientos 00/100 Bolivianos) |
TIPO DE TRÁMITE | VÍA SEDE ADMINISTRATIVA |
NOMBRE DEL TRÁMITE | REGISTRO DE CAMBIO DE DOMICILIO LEGAL DE COOPERATIVAS |
OBJETIVO DEL TRÁMITE | Inscribir en el Registro Estatal de Cooperativas – REC, el cambio de Domicilio Legal de Cooperativas, previa emisión de Resolución Administrativa, conforme lo dispone la normativa vigente. Registro ante la AFCOOP Artículo 18 del Decreto Supremo N° 1995. |
REQUISITOS | 1. Nota de solicitud, dirigida al Director(a) General Ejecutivo de la Autoridad de Fiscalización y Control de Cooperativas AFCOOP, firmada por el Presidente del Consejo de Administración de la Cooperativa. 2. Fotocopia simple de Resolución Administrativa de Registro de Consejeros de Administración y Vigilancia, con mandato vigente. 3. Acta de Asamblea General Extraordinaria, (original o fotocopia legalizada) que apruebe el Cambio de Domicilio legal, con la aprobación de 2/3 partes o más, de los asistentes. 4. Estatuto Orgánico modificado con la parte pertinente, llevando las firmas del Presidente del Consejo de Administración y Vic y Vigilancia. 5. Croquis del nuevo domicilio legal. 6. Para el caso de las Cooperativas mineras, certificación de área libre emitida por la AJAM que señale la ubicación geográfica del área minera solicitada por la Cooperativa; asimismo, señalando que es para el trámite administrativo de cambio de domicilio ante la AFCOOP. 7. Para las Cooperativas con regulación sectorial, certificación emitida por la Autoridad regulatoria sobre la ubicación geográfica de sus actividades autorizadas. |
PROCEDIMIENTO DEL TRÁMITE | 1. La solicitud será presentada en Plataforma de Atención de la AFCOOP, adjuntando todos los requisitos, dirigida al Director(a) General Ejecutivo de la Autoridad de Fiscalización y Control de Cooperativas AFCOOP, y firmada por el Presidente del Consejo de Administración de la Cooperativa. 2. Una vez ingresado el trámite, es derivado a la Dirección de Control y Fiscalización, para la emisión de un informe técnico y un Informe legal, debiendo este último establecer la procedencia o improcedencia del trámite. 3. En caso de no existir observaciones técnicas y/o legales, se procederá a la emisión de la Resolución Administrativa del cambio de Domicilio Legal de la Cooperativa solicitante. 4. En caso de existir observaciones técnicas y/o legales, se procederá a emitir la nota de observación(es), la misma que será notificada a la Cooperativa, para que proceda a subsanar, presentando su aclaración o complementación en el plazo máximo de (30) días hábiles administrativos. 5. El trámite finaliza con la emisión de la Resolución Administrativa por el Director(a) General Ejecutivo y/o la Dirección de Control y Fiscalización, o la notificación con las observaciones. |
TIEMPO DEL TRÁMITE | 20 Días hábiles |
COSTO DEL TRÁMITE | Bs500 (quinientos 00/100 Bolivianos) |
TIPO DE TRÁMITE | VÍA SEDE ADMINISTRATIVA |
NOMBRE DEL TRÁMITE | REGISTRO DE PRESENTACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS Y MEMORIA ANUAL |
OBJETIVO DEL TRÁMITE | Registrar los Estados Financieros de las Cooperativas, de conformidad a los plazos establecidos al efecto. DESCRIPCIÓN: Se entiende por Estados Financieros a toda la información económica Financiera y sus cambios, expuesta de una manera estructurada y sencilla de entender conforme a los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados (P.C.G.A), firmados por el Presidente y Tesorero del Consejo de Administración y Presidente del Consejo de Vigilancia y un Auditor/Contador con registro en el colegio respectivo. Conforme al Art. 39 “Plazos y Cierres de Gestión del D. S. 24051 – Reglamento al Impuesto a las Utilidades, los Estados Financieros deben ser preparados por cada cierre de Gestión Fiscal en función al tipo de actividad, tal como se detalla: 31 de marzo-Cooperativas Industriales, Artesanales y Petroleras. 30 de junio Cooperativas gomeras, castañeras, agrícolas, ganaderas, y Agroindustriales. 30 de septiembre – Cooperativas Mineras. 31 de diciembre – Cooperativas financieras, de seguros, comerciales, de servicios y otras no contempladas en las fechas anteriores. |
REQUISITOS | 1. Nota de presentación de Estados Financieros, dirigida al Director(a) General Ejecutivo de la Autoridad de Fiscalización y Control de Cooperativas AFCOOP, debidamente firmada por el Presidente del Consejo de Administración de la Cooperativa. La presentación de los Estados Financieros para su registro, deben ser presentados dentro de los (120) días posteriores al cierre de su gestión, deberán ser presentados por Plataforma, conforme al siguiente detalle: 2. Balance General. 3. Estado de Resultados (pérdidas y Ganancias). 4. Estado de Evolución del Patrimonio Neto. 5. Estado de Cambios en la situación Financiera o Estado de Flujo de Efectivo. 6. Notas a los Estados Financieros INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA Balance de Comprobación de Sumas y Saldos. Estado de Resultados Acumulados. 7. Memoria Anual. 8. Acta de Asamblea General Ordinaria de Aprobación de los Estados Financieros, (en original o copia legalizada) debidamente firmada por los Consejeros de Administración y Vigilancia. Estados Financieros Auditados (si corresponde). |
PROCEDIMIENTO DEL TRÁMITE | 1. La solicitud será presentada en Plataforma de Atención de la AFCOOP, deberá estar dirigida al Director(a) General Ejecutivo de la Autoridad de Fiscalización y Control de Cooperativas – AFCOOP, adjuntando todos los requisitos, firmada por el Presidente del Consejo de Administración de la Cooperativa. 2. Una vez ingresado el trámite, es derivado a la Dirección de Control y Fiscalización, para la emisión de un informe técnico y un Informe legal, debiendo este último establecer la procedencia o improcedencia del trámite. 3. Una vez designado a la Dirección de Control y Fiscalización, se procede al llenado de las fichas de verificación de presentación de Documentación, y registro de Estados Financieros, estableciendo su cumplimiento, y las observaciones. 4. Posteriormente la documentación es remitida por el técnico al Departamento de Archivos de la AFCOOP, para luego a solicitud de la Cooperativa se otorgue la Certificación respectiva de su Estado Financiero. 5. En caso de existir observaciones, estas deben ser puestas a conocimiento de la Cooperativa para la subsanación o aclaración respectiva. 6. El trámite finaliza con la remisión de la carpeta al Departamento de Archivos de la AFCOOP. De cuyo archivo a solicitud de la Cooperativa, el Departamento de Archivos, procederá a la emisión de una Certificación de Estados Financieros. |
TIPO DE TRÁMITE | VÍA SEDE ADMINISTRATIVA |
NOMBRE DEL TRÁMITE | REGISTRO DE MODIFICACIÓN DEL ESTATUTO ORGÁNICO |
OBJETIVO DEL TRÁMITE | Inscribir en el Registro Estatal de Cooperativas REC, la modificación del Estatuto Orgánico de la Cooperativa, previa emisión de Resolución Administrativa, conforme lo dispuesto por normativa vigente. Registro ante la AFCOOP Artículo 18 del Decreto Supremo N° 1995. |
REQUISITOS | 1. Solicitud de modificación al Estatuto Orgánico, dirigida al Director(a) General Ejecutivo de la Autoridad de Fiscalización y Control de Cooperativas – AFCOOP, deberá estar firmada por el Presidente del Consejo de Administración de la Cooperativa. 2. Fotocopia simple de Resolución Administrativa, de Registro de Consejeros de Administración y Vigilancia, con mandato vigente. 3. Copias simples de la Resolución de Otorgación de Personalidad Jurídica y Ficha de Registro. 4. Acta de Asamblea General Extraordinaria, (original y/o fotocopia legalizada) que apruebe las modificaciones al Estatuto Orgánico, con la aprobación de 2/3 partes o más, de los asociados asistentes. 5. Estatuto Orgánico modificado. |
PROCEDIMIENTO DEL TRÁMITE | 1. La solicitud de modificación al Estatuto Orgánico, será presentada en Plataforma de Atención de la AFCOOP, adjuntando todos los requisitos, la nota debe estar dirigida al Director(a) General Ejecutivo de la Autoridad de Fiscalización y Control de Cooperativas – AFCOOP. 2. Una vez ingresado el trámite, es derivado a la Dirección de Control y Fiscalización, para la emisión de un informe técnico y un Informe legal, debiendo este último establecer la procedencia o improcedencia del trámite. 3. En caso de no existir observaciones técnicas y/o legales, se procederá a la emisión de la Resolución Administrativa de la Modificación al Estatuto Orgánico de la Cooperativa. 4. En caso de existir observaciones técnicas y/o legales, se procederá a emitir la nota de observación(es), la misma que será notificada a la Cooperativa, para que proceda a subsanar, presentando su aclaración o complementación en el plazo máximo de (30) días hábiles administrativos. 5. El trámite finaliza con la emisión de la Resolución Administrativa por el Director(a) General Ejecutivo y/o la Dirección de Control y Fiscalización, o la notificación con las observaciones. |
TIEMPO DEL TRÁMITE | 20 Días hábiles |
COSTO DEL TRÁMITE | Bs300 (trecientos 00/100 Bolivianos) |
TIPO DE TRÁMITE | VÍA SEDE ADMINISTRATIVA |
NOMBRE DEL TRÁMITE | SOLICITUD DE CERTIFICACIÓN |
OBJETIVO DEL TRÁMITE | Emitir certificaciones respecto de la documentación cursante en el Registro Estatal de Cooperativas – REC, de los archivos de la AFCOOP, y otras que la normativa jurídica vigente autorice. Los Consejeros de Administración y Vigilancia con mandato vigente, asociadas y asociados que acrediten su interés legal, tienen derecho a obtener certificaciones de documentos o información contenida en los expedientes de las Cooperativas. |
REQUISITOS | 1. Nota de solicitud, dirigida al Director(a) General Ejecutivo de la Autoridad de Fiscalización y Control de Cooperativas – AFCOOP, especificando de forma clara y precisa la solicitud de certificación: a) De calidad de Asociado b) De Nóminas de Asociados y c) De trámite en proceso; misma que debe estar relacionada con la información que se tiene en el expediente de la Cooperativa, y no así sobre interpretación de normas, ni emisión de criterios jurídicos. 2. En caso de delegación de representación, adjuntar Poder Notarial, sea en original o fotocopia legalizada, otorgado por el Presidente del Consejo de Administración con mandato vigente. 3. Resolución Administrativa de Inscripción de Consejeros, en caso de ser asociado, su Resolución administrativa de inclusión de asociado (fotocopias simples). 4. Fotocopia vigente y legible de Cédula de Identidad del solicitante. |
PROCEDIMIENTO DEL TRÁMITE | 1. El solicitante deberá presentar la solicitud adjuntando los requisitos exigidos para este trámite en las oficinas de Ventanilla Única de la AFCOOP. 2. El trámite se derivará al Área de Archivo, para que en (4) días hábiles administrativos emita la Certificación, en caso de las Oficinas Departamentales se derivará a Archivo en formato digital para que este sea procesado y posteriormente enviado a la Oficina Departamental para su emisión por el personal a cargo. 3. El trámite finaliza con la entrega de la Certificación emitida y firmada por el Servidor Público encargado del Área de Archivo en la ciudad de La Paz, en caso de las Oficinas Departamentales por el personal responsable; en caso de observación, se notificará con la respectiva nota. |
COSTO DEL TRÁMITE | Bs80 (ochenta 00/100 Bolivianos) |
TIPO DE TRÁMITE | VÍA SEDE ADMINISTRATIVA |
NOMBRE DEL TRÁMITE | SOLICITUD DE FOTOCOPIAS LEGALIZADAS |
OBJETIVO DEL TRÁMITE | Efectuar legalizaciones de documentación que curse en Archivos de la AFCOOP, en atención a solicitudes presentadas. El Consejero(a) de Administración y/o de Vigilancia de una Cooperativa debidamente identificado(a), podrá solicitar fotocopias legalizadas de los documentos originales relativos a la Cooperativa cursantes en el Registro Estatal de Cooperativas REC y Archivos de la AFCOOP. |
REQUISITOS | 1. ► Formulario de solicitud de fotocopias legalizadas FORM-0001, proporcionado por la AFCOOP. Señalando con precisión los documentos a ser legalizados e indicar el número de ejemplares a solicitar. 2. Adjuntar en dos (2) ejemplares fotocopias simples, vigente de Cédula de Identidad del solicitante. 3. En caso de delegación, adjuntar copia legalizada del Poder Notarial emitido por el Presidente del Consejo de Administración de la Cooperativa. 4. En caso de no ser asociados de la Cooperativa, o no estar inscritos en el Registro Estatal de Cooperativas – REC, deberán acreditar su interés legal y su legitimación activa a través de una nota dirigida al Director(a) General Ejecutivo de la AFCOOP. 5. Boleta de depósito bancario en original y fotocopia simple, según cálculo efectuado por el Área de Archivo. |
PROCEDIMIENTO DEL TRÁMITE | 1. El solicitante llenará el Formulario proporcionado por el responsable de Ventanilla Única de la AFCOOP, señalando con precisión los documentos a ser legalizados e indicará, el número de ejemplares que requiera. 2. La solicitud ingresa por Ventanilla Única de la AFCOOP, se remite al área de archivo, para su procesamiento, mismo que es emitido y firmado por el Servidor Público encargado del Area de Archivo en La Paz, en el caso de las Oficinas Departamentales, se procesará y emitirá por el personal a cargo. Dicho trámite se lo procesará en un plazo de (1) día hábil. 3. El Trámite finaliza con la entrega de la documentación solicitada, debidamente legalizada por la AFCOOP. |
TIPO DE TRÁMITE | VÍA PLATAFORMA VIRTUAL |
NOMBRE DEL TRÁMITE | SOLICITUD DE CERTIFICADO DE REGISTRO DE HOMOLOGACIÓN |
OBJETIVO DEL TRÁMITE | Emitir el Certificado de Registro de Homologación correspondiente a una Cooperativa, en atención a solicitud presentada por el Presidente del Consejo de Administración de la Cooperativa (usuario), Certificación que será emitida, conforme a la documentación cursante en el Registro Estatal de Cooperativas – REC y Archivos de la AFCOOP. |
REQUISITOS | • Contar con Resolución Administrativa de inscripción de consejeros de administración y vigilancia con mandato vigente. • Usuario y contraseña de la Cooperativa, proporcionados por la AFCOOP. • Pago de Bs100 (cien 00/100 bolivianos) mediante Pago CPT, Pago QR. o Boleta de Depósito. |
PROCEDIMIENTO DEL TRÁMITE | 1. Ingresar al enlace del SITCOOP, mediante página web www.afcoop.gob.bo con el usuario y contraseña y seleccionar el trámite: Certificado de Homologación. 2. Llenar la información requerida en el Formulario de Orden de Pago con datos del usuario. 3. Realizar el Pago del Trámite mediante Pago CPT, Pago QR. o Boleta de depósito. 4. El usuario podrá acceder y descargar el Certificado de Homologación, en la sección “Fichas y Certificados” de su cuenta en el SITCOOP. El certificado tendrá una vigencia de 120 días calendario y podrá ser descargada las veces que sea requerida por el usuario. |
TIEMPO DEL TRÁMITE | 1 Hora como máximo. Si realizó la solicitud en horarios de oficina el certificado estará disponible en un tiempo máximo de 30 minutos, caso contrario estará disponible a primera hora del día siguiente hábil. |
COSTO DEL TRÁMITE | Bs100 (Cien 00/100 Bolivianos) |
TIPO DE TRÁMITE | VÍA PLATAFORMA VIRTUAL |
NOMBRE DEL TRÁMITE | SOLICITUD FICHA DE REGISTRO |
OBJETIVO DEL TRÁMITE | Emitir la Ficha de Registro de una Cooperativa, en atención a solicitud presentada por el Presidente del Consejo de Administración de la Cooperativa, Ficha de Registro que será emitida, conforme a la documentación cursante en el Registro Estatal de Cooperativas – REC y Archivos de la AFCOOP. |
REQUISITOS | • Contar con Resolución Administrativa de inscripción de consejeros de administración y vigilancia con mandato vigente. • Usuario y contraseña de la Cooperativa, proporcionados por la AFCOOP. • Pago de Bs100 (Cien 00/100 bolivianos) mediante Pago CPT, Pago QR. o Boleta de depósito. |
PROCEDIMIENTO DEL TRÁMITE | 1. El usuario ingresa al SITCOOP mediante página web, www.afcoop.gob.bo con el usuario y contraseña proporcionado por la AFCOOP y selecciona el trámite: Ficha de Registro. 2. Llena la información requerida en el Formulario de Orden de Pago con datos del solicitante 3. Realiza el Pago del Trámite mediante Pago CPT, Pago QR. o Boleta de depósito. 4. Después de un proceso de Validación de la información el Usuario podrá acceder la Ficha de Registro el cual se encuentra en la sección “Fichas y Certificados” de su cuenta en el SITCOOP. 5. El usuario descarga la ficha y en ese momento se da por notificado. 6. El certificado tendrá una vigencia de 120 días calendario y podrá ser descargada las veces que sea requerida por el usuario. |
TIEMPO DEL TRÁMITE | 1 Hora como máximo Si realizó la solicitud en horarios de oficina el certificado estará disponible en un tiempo máximo de 30 minutos, caso contrario estará disponible a primera hora del día siguiente hábil. |
COSTO DEL TRÁMITE | Bs100 (Cien 00/100 Bolivianos) |
TIPO DE TRÁMITE | VÍA SEDE ADMINISTRATIVA |
NOMBRE DEL TRÁMITE | SOLICITUD FICHA DE REGISTRO DE ESTADOS FINANCIEROS |
OBJETIVO DEL TRÁMITE | Emitir la Ficha de Registro de Estados Financieros de una Cooperativa, en atención a solicitud presentada por el Presidente del Consejo de Administración de la Cooperativa, Ficha de Registro de Estados Financieros, que será otorgada, conforme a la documentación cursante en el Registro Estatal de Cooperativas – REC y Archivos de la AFCOOP. |
REQUISITOS | 1. Nota de solicitud de Ficha de Registro de Estados Financieros, dirigida al Director(a) General Ejecutivo de la Autoridad de Fiscalización y Control de Cooperativas – AFCOOP, firmada por el Presidente del Consejo de Administración de la Cooperativa. 2. Fotocopia simple de Resolución de Consejo y/o Administrativa de Otorgación de Personalidad Jurídica. 3. Fotocopia simple de Resolución Administrativa de Registro de Inscripción de Consejeros de Administración y Vigilancia de la Cooperativa, con mandato vigente. 4. En caso de delegación, adjuntar copia legalizada del Poder Notarial emitido por el Presidente del Consejo de Administración de la Cooperativa. 5. Fotocopia de Cédula de Identidad (2 ejemplares), vigente y legible del solicitante. |
PROCEDIMIENTO DEL TRÁMITE | 1. La solicitud será presentada por ventanilla única de la AFCOOP, dirigida al Director(a) General Ejecutivo de la Autoridad de Fiscalización y Control de Cooperativas – AFCOOP, firmada por el Presidente del Consejo de Administración de la Cooperativa, adjuntando todos los requisitos establecidos. 2. La solicitud ingresa por Ventanilla Única de la AFCOOP, se remite a la Unidad de Tecnologías de la Información (en físico para La Paz y las Oficinas Departamentales en digital), para su procesamiento, mismo que es emitido y firmado por el Servidor Público encargado de la Unidad de Tecnología de la Información en La Paz, en el caso de las Oficinas Departamentales, emitido por el personal a cargo. 3. El Trámite finaliza con la entrega de la Ficha de Registro de Estados Financieros, emitido y firmado por el Servidor Público encargado de la Unidad de Tecnología de la Información en La Paz, en el caso de las Oficinas Departamentales, emitido por el personal a cargo, o la notificación con las observaciones. |
TIEMPO DEL TRÁMITE | 4 días hábiles |
COSTO DEL TRÁMITE | Bs200 (doscientos 00/100 Bolivianos) |
TIPO DE TRÁMITE | VÍA SEDE ADMINISTRATIVA |
NOMBRE DEL TRÁMITE | SOLICITUD DE SEMINARIOS, TALLER Y/O CURSOS LEY N°356 Y DECRETO SUPREMO N° 1995 (VALORES Y PRINCIPIOS COOPERATIVOS) |
OBJETIVO DEL TRÁMITE | Efectuar seminarios talleres y/o Cursos de Cooperativismo, con el fin de otorgar información sobre el movimiento Cooperativista, a las asociadas y asociados que forman parte de una Cooperativa de base. Los seminarios talleres y/o Cursos de Cooperativismo, son gratuitos; sin embargo la otorgación del Certificado de participación tendrá un costo según arancel. |
REQUISITOS | 1. Nota de Solicitud, dirigida al Director(a) General Ejecutivo de la Autoridad de Fiscalización y Control de Cooperativas, AFCOOP, suscrita y firmada por el Consejo de Administración y Consejo de Vigilancia. 2. Nómina de participantes por Cooperativa (mínimo 10 personas). 3. Fotocopias de Cédulas de identidad, vigentes, legibles de cada asociada y asociado interesado a tomar el curso. 4. En caso de cursos, talleres ya emitidos por la AFCOOP, las asociadas y los asociados de forma individual podrán obtener su certificado de participación, previo deposito del punto anterior. |
PROCEDIMIENTO DEL TRÁMITE | 1. La solicitud será presentada en Plataforma de Atención de la AFCOOP, dirigida al Director(a) General Ejecutivo de la Autoridad de Fiscalización y Control de Cooperativas – AFCOOP, adjuntando todos los requisitos, firmada por los miembros del Consejo de Administración y Vigilancia de la Cooperativa solicitante. 2. Admitida la solicitud, la Dirección de Control y Fiscalización de la AFCOOP, con anticipación de veinte (20) días calendario, procederá a designar a los profesionales, quienes se encargarán de llevar acabo el seminario taller y/o curso de Cooperativismo. 3. En la fecha, lugar y hora establecida para el curso, los profesionales designados por la AFCOOP, se constituirán, dando inicio al seminario taller solicitado. 4. Concluido el Seminario taller, y/o curso de Cooperativismo, la Autoridad de Control y Fiscalización de Cooperativas – AFCOOP, en el plazo de (5) días hábiles administrativos, procederá a la entrega de los Certificados de Asistencia, correspondiente a cada asistente cooperativista. |
COSTO DEL TRÁMITE | Bs80.- (Ochenta 00/100 bolivianos) por cada participante (En cuyo pago se incluye la emisión del Certificado de participación a cada asistente). |
TIPO DE TRÁMITE | VÍA SEDE ADMINISTRATIVA |
NOMBRE DEL TRÁMITE | RECTIFICACIÓN DE DATOS EN EL REGISTRO ESTATAL DE COOPERATIVAS (REC) |
OBJETIVO DEL TRÁMITE | Rectificar los errores que obren en registros o documentos públicos emitidos por la AFCOOP integrantes del Registro Estatal de Cooperativas (REC), mediante la aportación de los elementos que correspondan; la rectificación de datos por error del administrado procederá previo pago de arancel. |
REQUISITOS | 1. Nota de Solicitud, dirigida al Director(a) General Ejecutivo de la Autoridad de Fiscalización y Control de Cooperativas, AFCOOP, suscrita y firmada por el Presidente del Consejo de Administración. Cuando los datos a rectificar correspondan únicamente a un asociado, la solicitud podrá ser suscrita y firmada por éste. 2. Originales, fotocopias legalizadas o simples, legibles de los elementos que correspondan. |
PROCEDIMIENTO DEL TRÁMITE | 1. La solicitud será presentada en Plataforma de Atención de la AFCOOP, dirigida al Director(a) General Ejecutivo de la Autoridad de Fiscalización y Control de Cooperativas – AFCOOP, adjuntando todos los requisitos, por el Presidente del Consejo de Administración. Cuando los datos a rectificar correspondan únicamente a un asociado, la solicitud podrá ser suscrita y firmada por éste. 2. Admitida la solicitud, la Dirección de Control y Fiscalización de la AFCOOP, emitirá el Informe Técnico, de contener observaciones, éstas serán comunicadas a la cooperativa solicitante y/o administrado para su subsanación. De no advertirse observaciones al trámite, se remitirá el Informe Técnico y los antecedentes del caso a la Dirección Jurídica. 3. La Dirección Jurídica elaborará el Informe Legal de procedencia de la solicitud, de advertirse observaciones, éstas serán comunicadas mediante Nota a la cooperativa o administrado para su subsanación. 4. El Trámite finaliza con la notificación la Resolución Administrativa o documento que disponga la rectificación de datos en el Registro Estatal de Cooperativas, firmada por el Director(a) General Ejecutivo de la AFCOOP y/o la Dirección de Control y Fiscalización, o la notificación con las observaciones. |
COSTO DEL TRÁMITE | Bs200 (doscientos 00/100 Bolivianos) |
TIPO DE TRÁMITE | VÍA SEDE ADMINISTRATIVA |
NOMBRE DEL TRÁMITE | REPOSICIÓN DE DOCUMENTOS CURSANTES EN ARCHIVOS INSTITUCIONALES DE LA AFCOOP |
OBJETIVO DEL TRÁMITE | Reponer un expediente o documentación integrante de éste ante la pérdida de dichos documentos en los archivos institucionales de la AFCOOP. |
REQUISITOS | 1. Nota de Solicitud, dirigida al Director(a) General Ejecutivo de la Autoridad de Fiscalización y Control de Cooperativas AFCOOP, suscrita y firmada por el Presidente del Consejo de Administración. Cuando el expediente o documentación a reponer corresponda únicamente a un asociado, la solicitud podrá ser suscrita y firmada por éste. 2. Fotocopias legalizadas o simples, legibles de todo escrito, diligencia o documentos que cursen en poder de los solicitantes. |
PROCEDIMIENTO DEL TRÁMITE | 1. La solicitud será presentada en Plataforma de Atención de la AFCOOP, dirigida al Director(a) General Eje Ejecutivo de la Autoridad de Fiscalización y Control de Cooperativas – AFCOOP, adjuntando todos los requisitos, por el Presidente del Consejo de Administración. Cuando el expediente o documentación a reponer corresponda únicamente a un asociado, la solicitud podrá ser suscrita y firmada por éste. 2. Admitida la solicitud, en el caso de trámites relativos a actos sujetos a inscripción en el Registro Estatal de Cooperativas (REC) se derivará a la Unidad de Tecnologías de la Información o la Dirección de Control y Fiscalización de la AFCOOP, a efectos de la emisión del Informe Técnico de procedencia, de contener observaciones, éstas serán comunicadas a la cooperativa solicitante y/o administrado para su subsanación. De no advertirse observaciones al trámite, la Dirección de Control y Fiscalización, emitirá el Informe Legal de procedencia, de advertirse observaciones, éstas serán comunicadas mediante Nota a la cooperativa o administrado para su subsanación. 3. La reposición de expedientes y/o documentación no relacionada a actos sujetos a inscripción en el REC, serán derivados a la Dirección Jurídica para la emisión del Informe Legal de procedencia. 4. El Trámite finaliza con la notificación la Resolución Administrativa o documento que disponga la reposición expediente o documentación integrante de éste, firmada por el Director(a) General Ejecutivo de la AFCOOP y/o la Dirección de Control y Fiscalización, o la notificación con las observaciones. |
COSTO DEL TRÁMITE | Bs200 (doscientos 00/100 Bolivianos) |
TIPO DE TRÁMITE | VÍA SEDE ADMINISTRATIVA |
NOMBRE DEL TRÁMITE | INSCRIPCIÓN DE LOS TRIBUNALES DE HONOR DE LAS COOPERATIVAS |
OBJETIVO DEL TRÁMITE | Inscribir en el Registro Estatal de Cooperativas – REC, a los miembros de los Tribunales de Honor previa emisión de Resolución Administrativa. La elección de los miembros de los Tribunales de Honor de las cooperativas de 1er. a 5to. grado, se realizará de acuerdo al Estatuto Orgánico de cada cooperativa (Artículo 7 de Decreto Supremo N° 1995). |
REQUISITOS | 1. Solicitud de Inscripción en el Registro Estatal de Cooperativas – REC de los Tribunales de Honor, la nota debe estar dirigida al Director (a) General Ejecutivo de la Autoridad de Fiscalización y Control de Cooperativas – AFCOOP, debe ser firmada por el Presidente del Consejo de Administración de la Cooperativa. 2. Acta de Asamblea General Ordinaria de Elección del Tribunal de Honor (en original o fotocopia legalizada). 3. En caso de existir apellidos coincidentes entre los miembros deberán adjuntar Declaración Voluntaria de no parentesco. 4. Informe del Comité Electoral de la Cooperativa, o en su caso del presídium, si corresponde, especificando el tipo de votación y los resultados obtenidos. 5. Fotocopias de Cédulas de Identidad, vigentes, legibles de todos los miembros del Tribunal de Honor. |
PROCEDIMIENTO DEL TRÁMITE | 1. La solicitud será presentada en oficina de Plataforma de atención de la AFCOOP, adjuntando los requisitos, la solicitud deberá estar dirigida al Director(a) General Ejecutivo de la Autoridad de Fiscalización y Control de Cooperativas – AFCOOP, y firmada por el Presidente del Consejo de Administración. 2. Una vez ingresado el trámite, es derivado a la Dirección de Control y Fiscalización, para la emisión de un informe técnico y un Informe legal, debiendo este último establece la procedencia o improcedencia del trámite. 3. En caso de no existir observaciones técnicas y/o legales, se procederá a la emisión de la Resolución Administrativa de Inscripción de los miembros del Tribunal de Honor de la Cooperativa solicitante, 4. En caso de existir observaciones, se procederá a emitir la nota de observación(es), la misma que será notificada a la Cooperativa, para que subsane presentando su aclaración o complementación en el plazo máximo de (30) días hábiles administrativos. |
TIEMPO DEL TRÁMITE | 10 días hábiles |
COSTO DEL TRÁMITE | Bs300 (trecientos 00/100 Bolivianos) |
Costo(en Bolivianos): 90
Costo(en Bolivianos): 0
Otros Documentos;
Declaración Jurada Cooperativas Producción y Servicio Descargar Formulario
Declaración Jurada Cooperativas Servicios Públicos Descargar Formulario
Costo(en Bolivianos): 0.50 ctvs por asociada/o por cada mes.
MODELOS DE NOTA, ACTA Y ESTATUTO ORGÁNICO
Descripcio del Modelo | Descargue el Modelo |
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MODELO ACTA DE CONFORMACION COMITE ORGANIZADOR | Descargue_Modelo |
MODELO NOTA SOLICITUD PJ | Descargue_Modelo |
MODELO CONVOCATORIA ASAMBLEA GENERAL CONSTITUTIVA | Descargue_Modelo |
MODELO ACTA ASAMBLEA GENERAL CONSTITUTIVA | Descargue_Modelo |
MODELO ACTA ELECCION DE CONSEJOS | Descargue_Modelo |
MODELO ESTUDIO SOCIOECONOMICO | Descargue_Modelo |
MODELO BALANCE INICIAL DE APERTURA | Descargue_Modelo |
MODELO NOTA SOLICITUD AFILIACION COOPERATIVA INMEDIATO SUPERIOR | Descargue_Modelo |
MODELO DE ESTATUTO ORGANICO DE COOP. MINERA | Descargue_Modelo |
MODELO DE ESTATUTO ORGANICO COOP. AGROPECUARIA | Descargue_Modelo |
MODELO DE ESTATUTO ORGANICO DE COOP. DE TRANSPORTE | Descargue_Modelo |
MODELO DE ESTATUTO ORGANICO DE COOPERATIV DE AHORRO | Descargue_Modelo |
MODELO DE ESTATUTO ORGANICO - COOPERATIVA AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO | Descargue_Modelo |
MODELO DE ESTATUTO ORGANICO COOP. DE SERVICIOS SOCIALES | Descargue_Modelo |
MODELO ESTATUTO ORGANICO MULTIACTIVA | Descargue_Modelo |